- Los economistas resaltan las principales novedades de 2023 respecto al ejercicio anterior, así como las medidas aprobadas a última hora con aplicación en 2022. Ocho Comunidades Autónomas intentan que las tarifas progresivas del IRPF, en un escenario inflacionista, no perjudiquen a muchos de sus ciudadanos, por lo que las han rebajado o deflactado; bonifican Patrimonio Andalucía y Galicia, aunque eso puede ser indiferente a sus ciudadanos, ya que tendrán que satisfacer al Estado, por el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), lo no pagado en su Comunidad de residencia. Extremadura prácticamente libera de tributar por Donaciones a los familiares cercanos, y, en Transmisiones Patrimoniales, Illes Balears y la Comunidad Valenciana aumentan el tipo de gravamen para las transmisiones de inmuebles para la parte de la base imponible que supere un millón de euros.
- En lo que respecta a la fiscalidad patrimonial, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, señaló que “España nada a contracorriente en la imposición sobre la riqueza dentro de la UE al crear el IGF (aunque sea temporalmente) para tapar los agujeros que algunas CCAA abren en el de Patrimonio”. Criticó el procedimiento por el cual se ha creado el nuevo Impuesto –a través de una enmienda a una proposición de ley–, precisando que “tampoco las prisas han ayudado en su diseño”. Además, señaló que “el próximo Gobierno que salga de las urnas deberá acometer de forma inminente la reforma del sistema de financiación autonómica –que lleva nueve años de retraso–, que tendrá que llevar aparejada necesariamente una reforma fiscal bastante amplia –al proceder buena parte de los recursos ligados a ella de tributos cedidos total o parcialmente–, y en un contexto en el que las CCAA habrán de tener muy en cuenta que la exigencia de austeridad presupuestaria por parte de la UE ha regresado”.
- Los fiscalistas del REAF, por boca de su presidente, Agustín Fernández, constatan que “por un lado, parece que se intenta racionalizar el universo de los impuestos propios con la creación de impuestos estatales cedidos a las CCAA como el de residuos, unificando los que gravan el mismo objeto imponible, aunque, por otro lado, no se agota la imaginación para crear nuevas figuras impositivas”. Asimismo, señaló que “la utilización de la capacidad normativa que tienen las CCAA en tributos cedidos ha producido 958 impactos normativos, de los cuales 317 corresponden al IRPF, sobre todo deducciones, aunque estas sólo reportaron a los contribuyentes un ahorro en 2020 de 498 millones de euros, un 0,47% de la recaudación total”.
- Los economistas asesores fiscales declaran que la regulación de los impuestos cedidos es laberíntica y, por ello, solicitan a las comunidades que aún no han publicado textos refundidos que lo hagan para mayor seguridad jurídica de los ciudadanos.
Madrid, 14 de marzo de 2023.- El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España– ha presentado hoy el estudio Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2023, en el que recoge el desarrollo de la capacidad normativa de cada Comunidad, respecto al IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, agrupando en un apartado todo lo relativo a los impuestos propios, otro para los territorios forales –que tienen plena capacidad normativa en tributación–, resaltando las novedades introducidas para 2022, así como las aprobadas para 2023, y haciendo una comparativa basada en ejemplos prácticos.
El informe realizado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas de España destaca las siguientes novedades para 2023:
- En IRPF:rebajan sus tarifas Andalucía, Aragón –baja el tipo inferior y sube el máximo–, Canarias, Castilla y León, Galicia, Madrid, Región de Murcia y la Comunidad Valenciana, además con efectos ya para la próxima campaña.
- En IP: las novedades más relevantes son la bonificación, ya para 2022, del 100% en Andalucía y del 50% en Galicia, si bien los contribuyentes con patrimonios superiores a 3.700.000 euros tendrán que pagar al Estado, por el IGF, el importe que se ahorran de pagar en esas Comunidades por IP. También es novedosa la modificación de la tarifa de Cataluña, Comunidad Valenciana y Navarra, y la aplicación de un mínimo exento de 3.700.000€ en la Región de Murcia.
- En Sucesiones y Donaciones: se rebajan en Extremadura las donaciones a parientes cercanos hasta 300.000€ de base.
- Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Illes Balears y la Comunidad Valenciana elevan los tipos de gravamen para las transmisiones de inmuebles con valores superiores a 1.000.0000€
Las tendencias observadas por los economistas son las siguientes:
- En el IRPF, las principales diferencias se producen por la regulación de las tarifas –advirtiéndose cierta tendencia a rebajarlas–, sobre todo en 2022, porque hasta ocho Comunidades han optado por la deflactación –siete– o por rebajar los tipos –Aragón que rebaja el mínimo y sube el máximo–, y algunas han actualizado los mínimos personales y familiares. También se regulan muchos beneficios fiscales, con coste recaudatorio limitado, para favorecer la natalidad, ayudar a contribuyentes que tienen que atender situaciones especiales de discapacidad, intentar paliar la despoblación rural o para favorecer comportamientos positivos para el medioambiente, aunque, normalmente, solo se los pueden aplicar las rentas medias-bajas.
- En el Impuesto sobre el Patrimonio, lo más llamativo es que cuatro Comunidades –Aragón, Cataluña, Extremadura y Comunidad Valenciana– ya tenían mínimos exentos más bajos que el estatal; mientras que la Región de Murcia lo ha aumentado considerablemente; y que en Andalucía y Madrid no se paga este tributo, mientras que Galicia lo bonifica ya al 50%. Con vigencia temporal, Cataluña y Comunidad Valenciana han subido el marginal máximo de su tarifa, al igual que Navarra.
- En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, desde hace tiempo se produce una competencia fiscal a la baja cuando los contribuyentes son familiares cercanos del causante o del donante, utilizando para ello, en la mayoría de los casos, la regulación de bonificaciones o de importantes reducciones. Madrid amplía la bonificación también a hermanos, tíos y sobrinos, al igual que Canarias.
- En sentido contrario, en las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas o de Actos Jurídicos Documentados, en general, se ha intentado mitigar la caída de la recaudación, por la pérdida de vigor del sector inmobiliario, con un incremento de los tipos impositivos. Muchas comunidades aplican tipos reducidos en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas cuando en las transmisiones de inmuebles no se renuncia a la exención del IVA y, sin embargo, penalizan las transmisiones con renuncia a la exención del IVA subiendo los tipos en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados.
- Respecto a los tributos propios, Madrid ha derogado los pocos que tenía.
Del estudio se pueden obtener las siguientes conclusiones:
- Los impuestos propios representan solo el 2% de los ingresos tributarios en 2021, por lo que siguen siendo una escasa fuente de financiación para las autonomías. La recaudación por impuestos propios ha crecido en 2021 con respecto a 2020 un 14,1%.
- En el año 2023 se han producido numerosas modificaciones en los impuestos propios como consecuencia de la creación del Impuesto estatal sobre residuos, que ha supuesto que las CCAA que tenían implantado un impuesto similar hayan procedido a suprimirlo o dejarlo sin efecto.
- Los ingresos tributarios ligados a la financiación de las CCAA, en general, han evolucionado positivamente después de la crisis financiera Esto ha sido así, especialmente, en los cedidos parcialmente como el IRPF y el IVA. En el caso de tributos cedidos totalmente, en IP-ISD se mantiene bastante estable la recaudación año tras año, y ya se observa como la recaudación por ITPyAJD va aumentando, aunque aún queda lejos de lo recaudado antes de la crisis de 2008.
- En cuanto a los ingresos tributarios del Estado, la evolución desde la crisis financiera hasta ahora también ha sido relativamente positiva, subiendo la recaudación –con ayuda de medidas normativas– en casi todas las figuras impositivas y, a pesar de la Covid-19, se consolida el aumento en la recaudación en general y, en especial, en el IRPF, el IVA y el Impuesto sobre Sociedades. El Gobierno ha estimado que 2022 se saldará con una recaudación de 254.000 millones de euros, con un incremento del 15% sobre el año anterior y más de 10.000 millones sobre los ingresos presupuestados.
- Nuevamente hay que resaltar el crecimiento de la recaudación del Impuesto sobre Sociedades que en los últimos años va al alza. Si comparamos 2021 con 2020, se incrementa la recaudación en un 68%, cosa normal por la reducción de beneficios producida en 2020, y en 2022 se espera que se incremente respecto a 2021 en un 20%.
- En el IRPF, las CCAA regulan muchas deducciones, en general con poco coste recaudatorio porque se suelen establecer para contribuyentes con circunstancias muy concretas y, normalmente, con rentas bajas. En los últimos años se regulan incentivos para paliar la despoblación rural.
- En ese impuesto, las CCAA han utilizado mucho su capacidad normativa. Siete han deflactado la tarifa, Aragón la ha hecho más progresiva, e incluso Andalucía, Galicia, Madrid y la Comunidad Valenciana también han actualizado los mínimos personales y familiares.
- Las tarifas del IRPF de las Comunidades se apartan de la tarifa estatal (9,5 a 24,5%). Así, de las CCAA de régimen común, seis tienen el mismo tipo mínimo que la estatal, seis lo han fijado por debajo y, para las tres restantes, es superior. Por lo que se refiere al marginal máximo, en seis comunidades es inferior al estatal y en nueve, superior.
- En el IP se ha utilizado menos la capacidad normativa. Lo más relevante es la bonificación del 100% de Andalucía y Madrid y del 50% en Galicia, (aunque en 2022 y 2023 sus ciudadanos pagarán al Estado por el IGF lo que no pagan por Patrimonio). En cuanto a los mínimos exentos, se han establecido más bajos que la norma estatal en Aragón, Cataluña, Extremadura y Comunidad Valenciana, y más alto en la Región de Murcia
- Convendría plantearse si merece la pena ir a contracorriente en la tributación sobe la riqueza en el seno de la UE.
- En Sucesiones son diez las comunidades que regulan los mismos tipos de gravamen que los de la tarifa estatal (7,65 a 34%). En la mayoría prácticamente no se paga cuando los sucesores son familiares cercanos –en los territorios forales del País Vasco y en seis Comunidades de régimen común–, en el resto prácticamente no se paga cuando cada heredero no tiene una base superior a cierta cantidad que, como poco, es de 300.000€. En Canarias y Madrid se alivia la tributación también a los familiares del grupo III.
- En Donaciones prácticamente no tributan los familiares cercanos del País Vasco y de cinco comunidades de régimen común.
- En el ISD se mejoran los beneficios fiscales que la norma estatal regula para la transmisión de la empresa familiar.
- En el ITPyAJD, en las dos modalidades, se han regulado muchos tipos reducidos para hechos imponibles muy concretos como adquisición de vivienda habitual cuando se realiza por personas jóvenes, con discapacidad o por familias numerosas.
- Salvo la Comunidad de Madrid y Navarra, el resto tiene tipos más elevados en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas que el estatal del 6%. En Baleares se puede llegar a pagar hasta el 13% para la parte de la base imponible que supere dos millones de euros.
- En la modalidad de AJD, Canarias y Madrid aplican un tipo inferior al 1%, que es el establecido por La Rioja, y la mayoría de las Comunidades aplican tipos del 1,5% .
- Muchas Comunidades aplican tipos reducidos en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas cuando en las transmisiones de inmuebles no se renuncia a la exención del IVA y, por el contrario, penalizan la tributación en la modalidad de AJD cuando se renuncia a la exención del IVA.
- En definitiva, la capacidad normativa de las CCAA se ha utilizado en TPOyAJD, en general, para incrementar los tipos impositivos.
- Deberíamos repensar el gravamen de AJD que, en vivienda nueva, incrementa lo pagado por IVA –10%– y, en otros hechos imponibles, constituye un peaje para el dinamismo de operaciones inmobiliarias.
- Las CCAA deberían hacer un esfuerzo en la unificación de plataformas para la gestión de los tributos cedidos, tanto para el ciudadano como para los colaboradores sociales.
- Sería aconsejable que las Comunidades que aún no han publicado un texto refundido de los impuestos cedidos lo hagan para mayor seguridad jurídica de sus ciudadanos.