Madrid, 9 de abril de 2019: DECLARACIÓN DE RENTA Y PATRIMONIO 2018

DECLARACIÓN DE RENTA Y PATRIMONIO 2018

XXX EDICIÓN

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España– ha presentado un documento elaborado por su Servicio de Estudios en el que repasa las novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales de estos impuestos, haciendo las recomendaciones que pueden ayudar a los contribuyentes en estos momentos en los que no se puede planificar la declaración, pero sí es posible ejercitar las correspondientes opciones, aprovechar los saldos negativos de ejercicios anteriores o tener cuidado para regularizar correctamente incumplimientos de beneficios aplicados en el pasado.

Los economistas dedicados a la asesoría fiscal también han analizado la evolución de la recaudación tributaria y algunos aspectos que es importante tener en cuenta a la hora de la declaración, como la casuística en la tributación de los propietarios de inmuebles alquilados, la fiscalidad de aportaciones y prestaciones de sistemas de previsión social, las peculiaridades de las parejas separadas o alguna cuestión relativa a empresarios y profesionales.

Madrid, 9 de abril de 2019.- El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –órgano especializado en asesoramiento fiscal delConsejo General de Economistas de España–ha elaborado por trigésimo año consecutivo el documento técnico titulado Declaración de Renta y Patrimonio en el que se analizan las novedades estatales y autonómicas de esta campaña de declaraciones, junto con las últimas interpretaciones de la doctrina y la jurisprudencia, dando recomendaciones prácticas para elaborar la declaración, poniendo el foco en las cuestiones que se tienen que decidir hasta que termine el plazo voluntario para presentarla –en general, el 1 de julio–. Además, en el documento se analiza la evolución de la recaudación tributaria desde el inicio de la crisis hasta el año pasado y el peso de los beneficios fiscales, estatales y autonómicos en la recaudación. A este respecto, Valentín Pich, presidente delConsejo General de Economistas de España, manifestó que “habría que reflexionar por qué se han estancado las aportaciones a los sistemas de previsión social y hacer un llamamiento a los responsables autonómicos para que seleccionen los incentivos que aprueban –más de 220 en 2019– y que representan, en su conjunto, menos del 4% de la recaudación autonómica –los beneficios estatales suponen el 10,55% de la recaudación estatal–”.

Asimismo, tanto Valentín Pich como el presidente del REAF, Jesús Sanmartín, plantearon la necesidad de que “en esta campaña de electoral, los responsables de los partidos profundicen en el modelo de sistema tributario que necesitamos, concretando, por ejemplo, cuál debe de ser el nivel de ingresos tributarios, cómo se va a gravar la riqueza en su conjunto –Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Bienes Inmuebles o Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica– o qué figuras deben conformar la tributación medioambiental y quién debe de tener la capacidad normativa sobre ellas”.

Sobre la declaración de Renta de este año, el REAF realiza las siguientes recomendaciones:

  • Revisar saldos de las declaraciones de años anteriores con incidencia en 2018: pérdidas patrimoniales, rendimientos del capital mobiliario negativos, aportaciones a sistemas de previsión social que no pudieron reducirse; así como cantidades a integrar como ganancias patrimoniales que se imputan cuando son exigibles los cobros o ayudas públicas que se imputen por cuartas partes.
  • Revisar el incumplimiento de beneficios fiscales aplicados en años anteriores, que se hayan producido en 2018, lo que obligará a presentar una declaración complementaria de aquellos ejercicios antes del 1 de julio, como pueden ser los siguientes: no reinvertir cuando se dejó exonerada la ganancia producida en la transmisión de vivienda o no mantener las acciones entregadas por la empresa al trabajador como renta exenta.
  • Revisar el incumplimiento de condiciones para aplicar algún beneficio fiscal que se tenga que regularizar en esta declaración añadiendo el correspondiente importe a la cuota como, por ejemplo, la devolución de intereses por cláusula suelo, revocación de donaciones, pérdida del derecho a las deducciones por inversiones y gastos en bienes de interés cultural o incumplimiento de requisitos de la deducción por adquisición de vivienda, estatal o autonómica
  • Ejercitar o no una serie de opciones como las siguientes: reducir o no un rendimiento irregular del trabajo, como un “bonus”, si prevé percibir otro rendimiento de estas características en los próximos 5 años; declarar de manera individual o conjunta; aplicar o no los coeficientes de abatimiento, o el importe que va a utilizar un empresario de la libertad de amortización.
  • Guardar los justificantes de dietas y gastos de viaje, así como del importe exento de las retribuciones por trabajos en el extranjero para estar preparado ante una ulterior comprobación.
  • A los herederos de contribuyentes fallecidos en 2018, se les recuerda que, solo si la muerte se produjo a partir del 5 de julio del año pasado, podrán aplicar la nueva reducción de rendimientos del trabajo, la de cónyuge a cargo incapacitado o la suplementaria para familias numerosas, y que tienen que imputar todas las rentas pendientes a la fecha de fallecimiento.
  • Revisar el borrador y los datos fiscales para no tributar por rentas que no sean suyas y que no se le olvide tributar por otras que sí lo sean y de las cuales no tenga constancia la Administración.
  • Comprobar si su patrimonio se ha incrementado en el año y que ese importe no supera las rentas recibidas.